REGLAMENTO INTERIOR DEL CONSEJO DELIBERATIVO

 

ART. 18.

Las sesiones ordinarias del Consejo tendrán lugar en los meses de Enero, Marzo, Mayo, Julio, Septiembre y Noviembre de cada año.  Las sesiones extraordinarias se llevarán a cabo cuando sean convocadas.  Las convocatorias para las sesiones del Consejo se harán mediante oficio firmado por el Presidente o el Director, que deberá ser remitido a cada integrante con una anticipación mínima de cinco días hábiles a la fecha en que haya de celebrarse la reunión, incluyéndose en la convocatoria, además del orden del día y la minuta de la sesión anterior, el lugar, fecha y hora en que se celebrará la sesión, indicándose si es ordinaria o extraordinaria.